Hola a todos
Estoy empezando a dar algunas clases particulares y a fijar algunas fechas para conciertos, pero la parte administrativa se está convirtiendo en un verdadero obstáculo para la práctica diaria. En España, la gestión del estatus de autónomo para un músico se parece rápidamente a una partitura ilegible, sobre todo cuando se está empezando. Entre la elección del código de actividad adecuado (IAE) y las declaraciones trimestrales del IVA, me gustaría saber cómo gestionáis vuestros gastos deducibles (compra de partituras, mantenimiento del piano, VST...). De hecho, yo estoy mirando webautonomos.es para un sitio web barato y así empezar a promocionarme sin gastar mucho, pero me da miedo liarme con las facturas. Si algunos de vosotros os ganáis la vida como músicos autónomos, vuestras opiniones sobre la viabilidad del sistema actual me ayudarían a no tocar notas falsas con la administración.
Pianista profesional y facturación: el laberinto de las cotizaciones
Pianista profesional y facturación: el laberinto de las cotizaciones
Última edición por inacio el Jue Mar 19, 2026 4:37 pm, editado 1 vez en total.
Re: Pianista profesional y facturación: el laberinto de las cotizaciones
Hola Inacio,
Yo no soy pianista profesional, pero si soy un autónomo profesional: lo que tienes que hacer es darte de alta en el epígrafe (ojo, o epígrafes) correspondientes y ver cuáles son los gastos deducibles que luego podrás imputar a tu actividad (para los gastos que no sean claramente deducibles, saldrás de dudas a la que tengas alguna inspección tributaria
). mi consejo es que te cojas una gestoría que te asesore y que te lleve las declaraciones trimestrales y la declaración de la renta. Una vez te has dado de alta y hayas hecho un par de declaraciones es una simple rutina… y recuerda: hacienda somos todos o eso dicen
Yo no soy pianista profesional, pero si soy un autónomo profesional: lo que tienes que hacer es darte de alta en el epígrafe (ojo, o epígrafes) correspondientes y ver cuáles son los gastos deducibles que luego podrás imputar a tu actividad (para los gastos que no sean claramente deducibles, saldrás de dudas a la que tengas alguna inspección tributaria




